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Qué Tipos De Cartas Puedes Recibir Del IRS

Carta del IRS – CP 88 – Retención de reembolso por devolución en mora (Delinquent Return Refund Hold)

Este tipo de cartas que el IRS tiene son especificas en un momento determinado y respecto a un reporte determinado, tienen una identificación que empieza con la letra CP, también puede ser LT que puede ser un poco mas grave porque son desde un desgravable que le ponen a la propiedad, entonces esos dos son los códigos que cuando se reciben la carta, deben estar atentos.

Cuando es CP se refiere generalmente a situaciones que tienen que ver con el reporte de impuestos con alguna deuda que tienes producto de que no se hizo en el reporte de algún ingreso que tiene el IRS pero que no tuvo en el reporte.

La carta CP 88 se envia generalmente porque hay un reporte en años anteriores que no se ha realizado,  si el contribuyente se olvidó de hacer su reporte del año anterior, el IRS le esta notificando que el reembolso no se lo va a entregar porque hay la presunción de que el año anterior haya una mora. La solucion es que el contribuyente entrege el reporte del año en cuestion para que el IRS pueda reembolsar el dinero correspondiente.

Carta del IRS – CP 14 – Primer aviso de saldo adeudado  (First Notice of Balance Due)

Específicamente esta carta es el primer aviso del saldo adeudado esta notificación usualmente se genera cuando el contribuyente ha hecho el reporte de impuestos y no ha realizado el pago, entonces es la primera notificación que se le da al contribuyente de 30 días para pagar el saldo de deuda.

También ocurre lo que se llama el First Balance que te indican que tienes una deuda. Al momentode hacer los reportes de impuesto  incluyeron un plan de pagos periódicos, el IRS aunque recibió el reporte con este plan de acuerdos de pagos envían una carta para hacerle acuerdo de que tienes una deuda con el IRS, entonces debes adjuntar copia del acuerdo de pagos que hiciste, con una copia del acuerdo de pago firmado para que vean el acuerdo de pagos y hacer los pagos que ustedes han prometidos.

Carta del IRS – CP 503 – Segunda notificación de solicitud – saldo adeudado (Second Request Notice – Balance Due)

Esta carta te esta diciendo que a pesar que se te envió la primera carta (CP-14) no has hecho el pago y por lo tanto la deuda esta en cobro y deben pagar y si no han hecho el pago y tampoco el acuerdo de pago cuando recibieron la primera noticia es el momento para hacer el acuerdo de pago y este acuerdo  depende del tamaño de la deuda.

Carta del IRS – CP 504 – Aviso final y el IRS tiene la intención de embargar – Saldo adeudado  – (Final Notice & IRS Intends to Levy – Balance Due)

Esta carta es la noticia final, aquí ya las cosas cambian, aquí ya el IRS te va a embargar para que se pague el saldo adeudado. Esta carta es la ultima oportunidad que el IRS te da para que pages o hacen un acuerdo de pago, así que debes contactar a un profesional.

Carta del IRS – CP 523 – Tiene la intención de rescindir su acuerdo de pago a plazos y confiscar sus activos (Intent to Terminate Your Installment Agreement & Seize Your Assets).

Este es el caso de cuando tienes un acuerdo de pago y no haces el pago, esta carta indica que el acuerdo de pago se va a acabar, por eso debes honrar en acuerdo de pago con un debito a la cuenta, la única excusa seria que este en banca rota y ahí ya toca comprobarlo.

Carta del IRS – CP 90 – Intención de incautar bienes y notificación de su derecho a una audiencia (Intent to Seize Assets to the person and Notice of Your Right to a Hearing).

En esta carta CP – 9011 te están notificando la intención de que le van a incautar los activos disponibles en tus cuenta bancarias, activos y bienes inmuebles, bienes muebles, activos personales e inclusive te van a enviar un documento para que te descuenten 10% o que le secuestren o que le retenga 10% de tus  salarios y ganancias. El principal de esta carta es que la parte de apelación se acabó y aquí no hay resolución ya no hay solución en tema de Acuerdos de pago en temas de llegar a un acuerdo con el IRS se acabó.

Entonces el IRS le esta notificando que le van a retener, secuestrar, se le va a notificar al banco que retenga el balance suficiente que satisfagan al IRS y de no ser suficiente van por la casa y la cuenta de retiro, recuerde que el IRS tiene información suya de todo lo que usted tiene en términos del condado como los activos financieros así que se le notifican a todos los bancos.

Cartas del IRS – CP 297 – Intención de incautar bienes y notificación de su derecho a una audiencia (Intent to Seize Assets to the business and Notice of Your Right to Hearing)

Muchas veces el contribuyente que les recibe una carta CP 90 tiene una compañía o tiene una empresa que puede ser una corporación S o puede ser una LLC que no paga impuestos.

La carta CP – 297 se le envía a la empresa del contribuyente porque las ganancias de la compañía ahora es por proyección han contribuido para el aumento de los ingresos que ha tenido el contribuyente y por lo tanto el IRS le están diciendo que como hay una empresa también va a secuestrar los activos financieros de la empresa los activos fungibles como el inventario y los activos fijos como equipos la compañía aparte de la carta que le envían secuestrar los activos de la persona también se envían los atrasos activos del negocio de la compañía cuando el contribuyente.

Recuerden en ese momento ya no hay solución, hay solución mediante una audiencia que todavía la podría llevar un abogado un contador un agente enrolado, pero si ya se vuelve corte si no se acepten es audiencia, la tesis la ponencia que se va a hacer, ya se pasa al corte y ahí se debe llevarlo a un abogado.

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Carta del IRS – LT 1058 – Aviso final de intención de embargo y aviso de su derecho a una audiencia (Final Notice of Intent to Levy and Notice of Your Right to Hearing)

Esta carta significa que ya lo embargaron y le secuestraron las cuentas, pero recuerde que el IRS no puede embargarle las propiedades y las cuentas dependiendo de deuda del tamaño si son 100 mil dólares y ahí si va a haber un oficial de cuenta que lo va a estar llamando y si no puedo pagar se demuestra que no puede pagar, se llaman calamidad económica.

Mucha gente que gana en efectivo  y recibe ingresos no paga impuestos, entonces antes de ponerlo en calamidad domestica o que se acepte su propuesta de pago debes mostras tus estados bancarios y ahí se va a demostrar si en verdad no ha recibido dinero.

Cartas del IRS – LT 11 – Intención de confiscar tu propiedad o derechos sobre la propiedad (Intent to Seize Your Property or Rights to Property).

En este caso esta es la carta ya final la LT 18 que le da 30 días ahora esta carta segunda la LT11 lo que importa es que ya se acabo el plazo de 30 días aquí ya no hay posibilidad de resolver ya aquí lo máximo en la audiencia de todo lo que hemos hablado antes en la carta anterior le dan 30 días para resolver o para pagar la deuda o se demuestre que usted está quebrado económicamente

Cartas del IRS – CP 22A – Aviso de cambio en su declaración de impuestos (Notice of Change(s) to Your Tax Return)

Esta carta quiere decir que el IRS le esta avisando de cambios de su declaración de impuestos, esto no es de algo de alarmarse, es decir que el IRS no le esta diciendo que usted ha hecho un fraude sino que simplemente en esta  ocasión el contribuyente se olvido de incluir cierta forma que el IRS les tenia registrado como una cantidad determinada de ingresos muchas veces son una forma llamada 1099 es la forma en los que los contribuyentes que trabajan por cuenta propia reciben cuando hacen sus trabajos para una persona determinada y el pago es más de 600 dólares, esa forma 1099 se hace un envió con el IRS y se le da una copia con el contribuyente entonces muchas veces la forma no llega por correo y el cliente se olvida que recibió ese ingreso.

Cartas del IRS – CP 3219A y Form 5564 – Aviso de deficiencia del IRS (IRS Notice of Deficiency)

Esta carta es el siguiente paso de la carta anterior, en la primera le notificaron que hay un cambio y no se notificó, en esta carta el formulario 5564 muestra cual es deficiencia que no se report. que en resultado de debes firmar esa carta para que pagues la deuda que el IRS esta estimando,

Debes ponerte en contacto con un contador para que le pida una enmienda, pero esto se debe hacer cuando se recibe la carta CP 22A.

Carta del IRS – CP 508c – Posible revocación o denegación de pasaporte (Possible Revocation or Denial of Passport)

Esta carta es la revocatoria o la delegaciones pasaporte, esto es por deuda mayores a 50 mil dólares y no has hecho nada por hacer un acuerdo de pago para ponerse al día con el IRS y el IRS te ha enviado cartas y no has respondido.

El IRS se comunica con el departamento de estado para que cuando apliques para un pasaporte te lo van a denegar, cuando se le caduque el pasaporte y usted aplique para uno nuevo se lo van denegar y  no podras ingresar al país hasta que pongas al día en tu deuda, por eso lo mejor es tomar acción en la primera aviso porque esto pasa al final y usualmente esto pasa cuando la persona no tiene activos fungibles como inventarios de los negocios o activos, inmuebles o propiedades que el IRS puede tomarle para satisfacer la deuda

Carta del IRS – CP 2000 – Aviso de ingresos no declarados (Notice of Underreported Income)

Esta carta es un aviso de que el total de los ingresos que has declarado no son iguales a los registros que tiene el IRS

Debes realizar una enmienda, recuerda que no te estan acusando de fraude solo le esta diciendo que hay un ingreso que no esta notificado solo debes corregir el reporte.

Carta del IRS 1153 y form 275 – Evaluación propuesta de la multa por recuperación del fondo fiduciario por impuestos de nomina no pagados (Proposed Assessment of the Trust Fund Recovery Penalty)

Esta es una carta para empresas, nunca la va recibir un contribuyente que tiene deudas personales; Esta carta es para los pagos de impuestos a la nómina cuando las compañías tiene empleados, que deben saber cuando reciben sus cheques semanal o bimensual reciben unas deducciones por el 7.65% por las 2, el empleador tiene una obligación de hacer un match por esas deducciones y todos ese dineros del seguro social y del medicare debe remitírselo al IRS.

Esta carta le avisa al empleador que no ha hecho el pago y debe ponerse al día, sino, de no realizar el pago se pueden tomar estas acciiones:

  • Van a hacer el secuestro de las cuentas de la compañía y del dueño de la empresa,
  • Al no poder hacer un embargo del salario entonces el IRS hace un link en la casa y como este dinero debe ser cobrado para pagar los impuestos aquí si se hacen el embargo de casa y de negocio, cuentas, propiedades.
  • Si la persona no cuenta con los activos para satisfacerlo nunca se extingue esta deuda porque no hay forma de hace un acuerdo de pago.
  • Si la persona sale del país y esta deuda sigue pendiente ahí si lo meten preso porque es una deuda contra terceros, esto es lo mas grave que un empresario puede hacer.

Los lectores deben tener en cuenta que este artículo solo pretende transmitir información general sobre estos temas y que FAS CPA & Consultants (FAS) de ninguna manera pretende que el contenido de este artículo se interprete como contable, comercial, financiero, de inversión, legal, fiscal u otros consejos o servicios profesionales. Este artículo no puede servir como sustituto de dichos servicios o consejos profesionales. Cualquier decisión o acción que pueda afectar el negocio del lector no debe basarse únicamente en el contenido de este artículo, sino que debe consultarse con un asesor profesional calificado. FAS no será responsable de ninguna pérdida sufrida por cualquier persona que confíe en esta presentación. Este artículo está sujeto a cambios en cualquier momento y por cualquier motivo.

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