Cómo Cambiará Caimán la Clasificación de los Fondos de Inversión
Las autoridades de las Islas Caimán notificaron a la industria de servicios financieros sobre los cambios pendientes en la regulación de los fondos de inversión. El Proyecto de Ley de Fondos Privados del Gobierno, 2020 (Proyecto de Ley de Fondos Privados) y su Proyecto de Ley de Enmienda de Fondos Mutuos (2020) mejoraron la supervisión de los fondos cerrados y abiertos (Fondos de Inversión) y se convirtieron en ley el 30 de enero de 2020.
Proyecto de Ley de Fondos Privados
Este proyecto va más allá del alcance de la actual Ley de Fondos Mutuos (MFL) al establecer un marco para la supervisión de los fondos cerrados.
⇒ Fortalece la confianza de los inversores en los vehículos de fondos de inversión de las Islas Caimán.
⇒ Asegura la longevidad de las Islas Caimán como la principal jurisdicción de fondos de inversión.
En su ejecución, el proyecto de ley actualiza el marco de los fondos de inversión, pero sigue siendo consciente de las realidades de la industria. También incorpora los requisitos de la UE para la supervisión de fondos de inversión.
El Proyecto de Ley de Fondos Privados se basa en tres fundamentos:
Registro
⇒ Todos los vehículos actuales que entren dentro del alcance de la definición y la sección 3(1) del proyecto de ley deben registrarse con la CIMA antes del 7 de agosto de 2020, después de lo cual estarán sujetos a las obligaciones regulatorias.
Las exenciones a este requisito incluyen:
⇒ Fondos Mutuos Regulados.
⇒ Fondos Regulados Conectados a la UE.
⇒ Acuerdos No-Fondos.
⇒ Ciertos Fondos Extranjeros que solicitan a los residentes de las Islas Caimán para inversiones.
Los Fondos Privados deben proporcionar información al momento del registro, pagar una tarifa anual y cumplir con los requisitos de auditoría y declaración anuales. Los registros deben mantenerse e incluir obligaciones continuas con respecto a la valoración de activos, custodia, monitoreo de efectivo e identificación de activos.
Los Fondos Privados que aún no estén registrados deben cesar todos los intentos de continuar con sus actividades en las Islas Caimán y abstenerse de recibir cualquier contribución de capital de los inversores en espera de su registro.
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Regulación Operativa
Los Fondos Privados registrados deben cumplir con obligaciones continuas para cumplir con las mejores prácticas y satisfacer las necesidades de los inversores institucionales globales sofisticados.
Los requisitos adicionales incluyen:
⇒ Custodia.
⇒ Verificación de Títulos.
⇒ Servicios de Monitoreo de Efectivo.
⇒ Permitir que los fondos elijan al proveedor de servicios que proporcionará las valoraciones requeridas, la custodia, la verificación de títulos y los servicios de monitoreo de efectivo, siempre y cuando el administrador, custodio o cualquier tercero designado sea independiente del gerente u operador del fondo. Si se selecciona a un gerente, operador o cualquiera de sus afiliados, deben identificar, monitorear, gestionar y divulgar cualquier conflicto de intereses.
Supervisión y Aplicación
El proyecto de ley autoriza a la CIMA a administrar la ley, incluyendo el examen de las solicitudes de registro y la determinación de los parámetros de aplicación y los requisitos informativos.
Cuando la CIMA determine que un fondo privado no cumple con las obligaciones, puede imponer una medida particular, incluyendo la realización de una auditoría o un informe periódico único. La CIMA puede imponer multas según la gravedad de las disposiciones incumplidas.
En situaciones de deshonestidad y prácticas comerciales perjudiciales, la CIMA puede imponer restricciones operativas e incluso nombrar a un asesor o controlador para dirigir el fondo o cancelar su registro.
La CIMA notificó a la industria que aplicaría un enfoque basado en el riesgo en su supervisión regulatoria.
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Proyecto de Ley de Fondos Mutuos
Este proyecto de ley regula ciertos fondos mutuos no cubiertos aún por la MFL. Los fondos que cumplan con los criterios de exención de inversores establecidos en la sección 4(4)(a) de la MFL ahora estarán obligados a registrarse en la CIMA y, posteriormente, estarán sujetos a obligaciones regulatorias.
La exención de la MFL de los requisitos de registro para algunos fondos extranjeros que solicitan inversiones a los residentes de las Islas Caimán se mantiene.
Todos los fondos mutuos regulados deben proporcionar información a la CIMA al momento del registro y pagar una tarifa anual. Deben cumplir con los requisitos anuales de retorno y mantener registros accesibles. Los auditores aprobados por la CIMA deben realizar auditorías anuales de los fondos regulados según las normas IFRS o GAAP de los EE.UU., Japón o Suiza o cualquier otra jurisdicción de bajo riesgo.
Implementación
El Gobierno de las Islas Caimán notificó a la industria que es consciente de que una transición exitosa requerirá preparación y tiempo. Las nuevas entidades deben adherirse al proceso prescrito. Para los fondos existentes, el gobierno anunció un período de gracia de seis meses. En cuanto al requisito de auditoría local y la presentación electrónica del Requerimiento Anual del Fondo (FAR), esto se pospone hasta seis meses después del primer año fiscal completo posterior al registro. Para la mayoría de los fondos con cierre de ejercicio el 31 de diciembre, la primera presentación solo será requerida antes del 30 de junio de 2022, para el año que finaliza el 31 de diciembre de 2021.
Los lectores deben tener en cuenta que este artículo solo tiene la intención de transmitir información general sobre estos temas y que FAS CPA & Consultants (FAS) de ninguna manera pretende que el contenido de este artículo sea interpretado como asesoramiento o servicios profesionales de contabilidad, negocios, finanzas, inversiones, legales, fiscales u otros. Este artículo no puede servir como sustituto de dichos servicios o asesoramiento profesional. Cualquier decisión o acción que pueda afectar el negocio del lector no debe basarse únicamente en el contenido de este artículo, sino que debe consultarse con un asesor profesional calificado. FAS no será responsable de ninguna pérdida sostenida por cualquier persona que confíe en esta presentación. Este artículo está sujeto a cambios en cualquier momento y por cualquier motivo.
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