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El Departamento del Tesoro de los Estados Unidos Busca Establecer el Requisito de FBAR Para Cuentas de Criptomonedas

El Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés) envió advertencias a los inversores después de la citación a Coinbase. Luego comenzó a auditar e investigar a los contribuyentes estadounidenses a quienes creen que subdeclararon y subpagaron sus impuestos federales sobre la renta relacionados con criptomonedas. Otro riesgo que enfrentan los inversores en criptomonedas es tener monedas virtuales en cuentas en el extranjero.

 

Los ciudadanos y residentes estadounidenses deben divulgar sus cuentas financieras en el extranjero calificadas al Financial Crimes Enforcement Network (FinCEN). FinCEN es una oficina del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos responsable de proteger el sistema financiero estadounidense. En el pasado, FinCEN orientó a los contribuyentes sobre el cumplimiento de los requisitos de informes de la Ley de Secreto Bancario para criptomonedas mantenidas en el extranjero. También insinuó que anunciarían requisitos de informes adicionales en el futuro.

 

En el Aviso de FinCEN 2020-2, explicaron:

⇒ Las regulaciones actuales de FBAR NO definen una cuenta en el extranjero que contenga criptomonedas como una cuenta reportable.

⇒ Por lo tanto, por ahora, una cuenta en el extranjero que contenga criptomonedas no se informa en el FBAR a menos que contenga activos reportables además de criptomonedas.

 

Según la Ley de Secreto Bancario, las Personas de Estados Unidos deben divulgar cuentas financieras con un valor máximo agregado de $10,000 o más en cualquier momento durante un año de informe. Por lo tanto, para cualquier persona que tenga dos cuentas de $5,000 cada una, ambas cuentas están sujetas a informes. Lo mismo ocurre para cualquier persona de Estados Unidos con $10,000 y $1,000 cada uno; ambos deben ser informados utilizando el sistema de presentación en línea FBAR de FinCEN. En términos del Aviso de FinCEN 2020-2, los activos de criptomonedas no se consideran al calcular el valor máximo agregado.

 

TOMA NOTA: Cuando los activos no cripto en una cuenta en el extranjero superen el umbral de informes y la cuenta también contenga activos cripto, la cuenta aún está sujeta a divulgación.

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El Futuro

Pronto, todo cambiará. FinCEN propondrá una enmienda a las regulaciones con respecto a los informes de FBAR para incluir la criptomoneda como una cuenta reportable bajo 31CFR 1010.350. Si esto sucede, todas las personas de Estados Unidos deberán considerar sus activos de criptomonedas para determinar si deben presentar FBAR para cuentas que contengan tanto activos de criptomonedas como no cripto. También deberán considerar sus cuentas de criptomonedas por separado para decidir si desencadenan o no los requisitos de presentación de FBAR.

 

Inversores en Criptomonedas y Cumplimiento Tributario de Cuentas en el Extranjero (FATCA)

FACTA establece requisitos de informes que no son específicos de cuentas financieras en el extranjero. Se aplica a todos los activos financieros en el extranjero que superen los umbrales de informes estatutarios. Los contribuyentes en los Estados Unidos están sujetos a FACTA si han tenido más de $50,000 en activos extranjeros en cualquier momento durante el año fiscal. Para los contribuyentes que viven en el extranjero, el umbral aumenta a $200,000, mientras que el umbral se duplica para cónyuges casados que presentan una declaración conjunta.

 

Por lo tanto, las monedas virtuales mantenidas en el extranjero pueden calificar como activos financieros en el extranjero en términos de FACTA. En otras palabras, mientras que los requisitos de presentación de FBAR excluyen las criptomonedas, FACTA incluye las criptomonedas. FACTA impone sanciones sustanciales, tanto civiles como penales, por violaciones voluntarias e intencionales.

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Opciones para Aquellos que no Cumplieron con sus Obligaciones de Presentación

 

Elegibilidad para los procedimientos de cumplimiento de presentación simplificada del IRS. Los PROCEDIMIENTOS DE CUMPLIMIENTO DE PRESENTACIÓN SIMPLIFICADA DEL IRS están disponibles para los contribuyentes de los Estados Unidos que incumplieron inadvertidamente sus obligaciones bajo:

⇒ FBAR

⇒ FACTA

⇒ Código de Impuestos Internos.

 

Los contribuyentes deben:

⇒ Tener un número de Seguro Social (SSN) o número de Identificación Fiscal (TIN) válido.

⇒ Certificar que sus violaciones de FBAR, FACTA y el Código de Impuestos Internos no fueron voluntarias.

⇒ No estar sujetos a una auditoría o investigación actual del IRS.

⇒ Estar al día con cualquier penalización previamente evaluada por el IRS.

 

El procedimiento no proporcionará alivio de las sanciones, pero ayudará a los contribuyentes a evitar futuras auditorías o investigaciones del IRS. Esta es la mejor opción disponible para infractores no voluntarios.

 

Práctica de divulgación voluntaria de investigación criminal del IRS

⇒ Los contribuyentes que no pueden certificar la falta de voluntad pueden aprovechar la PRÁCTICA DE DIVULGACIÓN VOLUNTARIA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL DEL IRS para sus violaciones de FACTA y el Código de Impuestos Internos. Una vez que las propuestas de FBAR de FinCEN den como resultado cambios en las Regulaciones de la Ley de Secreto Bancario, también será una opción para los contribuyentes que no presentaron sus FBAR.

 

Una divulgación voluntaria de este tipo puede ayudar a los contribuyentes a evitar el enjuiciamiento penal por violaciones de informes relacionadas con criptomonedas. Sin embargo, la inmunidad de enjuiciamiento no está garantizada automáticamente.

 

Elegibilidad para la divulgación voluntaria de investigación criminal del IRS

⇒ El IRS CI no debe tener acceso a la información divulgada debido a sus esfuerzos o fuentes de terceros.

 

Más Opciones

⇒ La resolución siempre es una opción. El IRS generalmente considerará llegar a un acuerdo en casos apropiados.

⇒ La divulgación silenciosa implica corregir errores a través de presentaciones actuales o enmendadas en lugar de a través de los medios designados por el IRS. Esto no se recomienda. Cuando los agentes de ingresos descubren una divulgación silenciosa, puede llevar a consecuencias adicionales más allá de las impuestas por las violaciones estatutarias originales.

 

Los lectores deben tener en cuenta que este artículo tiene la intención de transmitir información general sobre estos temas y que FAS CPA & Consultants (FAS) de ninguna manera pretende que el contenido de este artículo se interprete como asesoramiento o servicios profesionales de contabilidad, negocios, finanzas, inversiones, legales, fiscales u otros. Este artículo no puede servir como sustituto de tales servicios o asesoramiento profesionales. Cualquier decisión o acción que pueda afectar el negocio del lector no debe basarse únicamente en el contenido de este artículo, sino que debe consultarse con un asesor profesional calificado. FAS no será responsable de ninguna pérdida sufrida por cualquier persona que confíe en esta presentación. Este artículo está sujeto a cambios en cualquier momento y por cualquier motivo.

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